Objeción de conciencia: Lo que no dice el congresista Muñante de su proyecto contra aborto terapéutico y educación sexual

por | Mar 11, 2024 | Observatorio del odio

AMANDA MEZA

La estrategia antiderechos en el Perú está buscando fórmulas legislativas para obstaculizar o desmantelar los avances en derechos para las mujeres. Hace unos días, el 5 de marzo, la Comisión de Constitución aprobó el dictamen del proyecto de ley 5923/2023 que modifica la Ley de Libertad Religiosa para fortalecer el ejercicio pleno de la objeción de conciencia, de autoría del legislador de Renovación Popular Alejandro Muñante.

¿Qué es la objeción de conciencia? Es la atribución que se le da a una persona para oponerse al cumplimiento de un deber jurídico o administrativo y a ser eximido de este, en razón de sus convicciones morales o religiosas. Cuando dice ser eximido es que logra “no serán sujeto de registros, discriminaciones, deméritos académicos o profesionales de ningún tipo, ni serán pasibles de sanciones laborales, administrativas, penales o de cualquier índole”.

El proyecto de ley está direccionado a temas que en el ámbito público algunas fuerzas políticas han tomado el camino de oposición al avance de derechos, como el aborto y, en el Perú, directamente el aborto terapéutico que es legal en el Perú desde 1924 y que hasta ahora ha salvado vidas de mujeres con embarazos en riesgo pero también de niñas tras ser víctimas de violación y maternidad producto de ese delito. Otros temas que alude el proyecto de ley que intenta que por razones religiosas cada profesional o funcionario se niegue a dar un servicio de salud, son el enfoque de género en la educación e incluso la eutanasia que solo se ha aprobado en nuestro país en el caso de la ciudadana Ana Estrada que tiene una enfermedad degenerativa.

El congresista autor del proyecto justifica que “contribuirá a la convivencia pacífica, en un escenario social de polarización respecto a asuntos con alto contenido moral, religioso, ético como la educación sexual en las escuelas, el aborto, la eutanasia y todo lo que se busca imponer desde el Estado, mediante la agenda progresista”.

Isbelia Ruiz Perdomo, coordinadora de Litigio Estratégico de Promsex, es contundente respecto a las intenciones del proyecto y la motivación.

“La objeción de conciencia tiene límites y están vinculados a que se garantice que la persona que está esperando por el servicio no esté en riesgo. Esto no lo valora Alejandro Muñante en su proyecto, además tiene que ser una objeción de conciencia razonada y fundamentada. No solo se puede decir: “Yo creo en Dios y no aplico o no ejerzo mis funciones”.

Para la abogada feminista especialista en derechos humanos de las mujeres y personas LGTBIQ, los congresistas Alejandro Muñante, autor de este proyecto, así como Milagros Aguayo, Martha Moyano y Rosángella Barbarán empujan una agenda antiderechos.

Además, precisa que, en el caso de Muñante y Aguayo, “no están actuando en el marco de los derechos humanos ni de sus funciones como congresistas porque trabajan en una agenda de las iglesias a las que pertenecen”.

Alejandro Muñante es cristiano evangélico, el medio de comunicación Wayka reveló en el año 2022, que en su primer año de actividad parlamentaria, el congresista y tercer vicepresidente de la Mesa Directiva, Alejandro Muñante Barrios (Renovación Popular), gastó 30 mil 800 soles en once semanas de representación dedicadas en su mayoría a visitar iglesias evangélicas y organizaciones religiosas de distintas regiones del país y condecorar a sus pastores. 

En el caso de Milagros Aguayo es pastora de La Casa del Padre junto a su esposo Guillermo Aguayo y también forma parte del Comité Ejecutivo del Congreso Iberiamericano por la vida y la familia, como se hacen llamar, evento donde se construyen también discursos y estrategias para oponerse al aborto, derechos de las personas LGTBIQ, entre otros, y que tiene alianzas a nivel internacional.

Cabe indicar que la votación del dictamen en la Comisión de Constitución fue el 5 de marzo, pero el 7 de febrero en el propio Congreso de la República, en el Hemiciclo Rául Porras Barrenechea, organizó la Audiencia Pública: Objeción de Conciencia y su necesaria implementación: Riesgos y Desafíos”. Dos de sus invitadas fueron: María Luisa Hoyos, Asociación de Colegios Cristianos del Perú, Carmen Rosa Briceño Renafam Red Nacional de Abogados por la Defensa de la Familia, una red que antes de ser congresista presidió el propio Muñante y que fue aliada de Con mis hijos no te metas.

LA OBJECIÓN

Para la abogada Isbelia Ruiz, el proyecto de ley de Alejandro Muñante va sobre todo contra dos temas: el aborto terapéutico que a pesar de varias iniciativas legales no han podido eliminar, y la educación sexual integral que desde varios sectores antiderechos tampoco pudieron desaparecer de la política pública, aunque lograron su intervención en la aprobación de material educativo que elabora el Ministerio de Educación.

“La objeción de conciencia está regulada y se reconoce. Lo que no se reconoce es que se pueda utilizar para dejar de prestar un servicio de salud o dejar de impartir una clase educativa”, sostiene.

¿LAS PACIENTES NO IMPORTAN?

El proyecto plantea que los objetores deben obtener una respuesta a su petición de no involucrarse en el proceso en un plazo no mayor de 48 horas contadas a partir del día siguiente de recibida la comunicación.

Ruiz contesta a esta pretensión: “El proceso que Muñante plantea es “absurdo”, además de que no le corresponde modificar la norma, plantea que el proceso va a ser favorable para el médico, en el caso del aborto terapéutico, o para el servidor público, maestro o director de colegio, en el caso de la educación sexual. Pero no es favorable para la persona que está en riesgo”.

Entonces, la iniciativa legal sumaría a precarizar aún más el acceso a la salud y educación.

Foto: Campaña Déjala Decidir.

“Recordemos que en el caso Mila, una niña de 11 años, el único hospital que podía atenderla era el Hospital Regional de Loreto, y la Junta Médica negó el procedimiento, no por objeción de conciencia, sino porque no estaban preparados con especialistas, y al final se realizó en Lima. Entonces, si un hospital regional no cuenta con especialistas encima ahora van a poder aplicar la objeción de conciencia para decir: no estoy de acuerdo por mi religión”.

En Lima, el único espacio que atiende aborto terapéutico es el Instituto Materno Perinatal porque ahí envían los casos desde otros hospitales que no tienen capacidades de aplicarlo.

LA INACCIÓN DEL ESTADO

¿Cuál es la capacidad de respuesta ante este proyecto y otros que está aprobando la coalición antiderechos en el Congreso?

En los últimos meses, la congresista Milagros Aguayo logró aprobar el proyecto de ley de los derechos para el concebido, un proyecto que garantiza derechos al feto, y que no considera primordial el estado de riesgo de salud y vida de las mujeres, es decir, pone demoras y candados al aborto terapéutico que es el único medio por el que se accede al aborto en el Perú.

Luego se logró aprobar la intervención de supuestas asociaciones de padres de familia en la aprobación de material educativo nacional, lo que fue impulsado también por colectivos antiderechos con motivaciones religiosas.

Y hace unas semanas se aprobó el dictamen contra el lenguaje inclusivo que podría aprobarse por insistencia.

Ahora llega este proyecto de ley de Alejandro Muñante. El dictamen ya está aprobado en la Comisión de Constitución y de pasar al pleno podría obtener los votos. Aún si el Ejecutivo lo observa, el Congreso podría aprobarlo por insistencia que es un mecanismo regulado por el que se vienen aprobando varias leyes.

“El Ejecutivo tiene que ponerse a pensar en otra estrategia porque están yendo en contra de las políticas nacionales. No veo al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables pronunciándose con fuerza sobre esta cantidad de proyectos de ley que atacan los derechos de las mujeres y otras poblaciones. Tenemos algunos derechos y nos están quitando esos derechos, desnaturalizando los derechos humanos, e incluso lo principios del Derecho mismo, porque el Derecho es evolutivo y cambia de acuerdo a las necesidades de la sociedad. Si no tenemos eso, no estamos en un país democrático”, remarca Isbelia Ruiz de Promsex.

Foto: Redes sociales de Milagros Aguayo. En la imagen, Rosángella Barbarán, Aguayo y Alejandro Muñante.

RESPUESTAS A LA OFENSIVA DESDE EL SISTEMA INTERAMERICANO

La objeción de conciencia -no lo considera el proyecto de ley del congresista Alejandro Muñante- tiene límites.

El Sistema Interamericano al que el Perú está adscrito y con el que tiene compromisos ha elaborado varias recomendaciones que permiten responder a proyectos de ley de antiderechos como el de Alejandro Muñante.

Veamos lo que dicen:

La Convención Americana de Derechos Humanos, en el artículo 12, relativo a la libertad de conciencia y de religión establece que “toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia y de religión. Este derecho implica la libertad de conservar su religión o sus creencias, o de cambiar de religión o de creencias, así como la libertad de profesar y divulgar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, […]” y este derecho solo podrá ser limitado por causas “prescritas por ley y que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral públicas o los derechos o libertades de los demás […]”

El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW), en su Recomendación General No. 2447, estableció que “[l]a negativa de un Estado a prever la prestación de determinados servicios de salud reproductiva a la mujer en condiciones legales resulta discriminatoria (…), si los  encargados de prestar servicios de salud se niegan a prestar esa clase de servicios por razones de conciencia, deberán  adoptarse medidas para que remitan a la mujer a otras entidades que prestan esos servicios”

Por su parte el RelatorEspecial de la ONU sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, Anand Grover, en el informe de su Misión a Polonia del 2009, insistió en la necesidad de que el Estado tome acciones decisivas para regular el ejercicio de la objeción de conciencia. Insistió en que los proveedores de servicios de salud que sean objetores, tienen la obligación de tratar a las personas cuya vida o salud se encuentren inmediatamente afectados, y en los casos en que estos derechos no estén comprometidos, deben remitir al paciente a otro proveedor que sí provea el servicio requerido.

“El Congreso está haciendo esfuerzos para salir de la Convención Americana, si eso ocurre ¿Dónde vamos a ir a reclamar derechos? El contexto político en Perú no nos está ayudando. Si el proyecto de ley de Alejandro Muñante se aprueba, porque tienen mayoría, y lo llevamos al Tribunal Constitucional, hay que pensarnos si conviene ir a un TC tal como está ahora. La Convención Americana es el único camino que tenemos las y los peruanos para denunciar las violaciones de derechos humanos”, puntualiza la coordinadora del área de litigio estratégico de Promsex.

El Dictamen del proyecto de objeción de conciencia puede generar aún mayores retrocesos y obstáculos a las políticas públicas. ¿Se continuará flexibilizando los ataques a la Política Nacional de Igualdad de Género, la transversalización del enfoque de género en el Estado y los compromisos internacionales en materia de Derechos Humanos?