“Dejar partir también es una forma de amar y no ser tan egoístas. La muerte es parte de la vida. Pero a nadie le gusta hablar de la muerte, como si fuésemos inmortales. Si se hace justicia, porque todavía creo en ella, me gustaría irme sin darme cuenta, durmiendo…”.
Estas es la palabra de María Benito Orihuela. Su voluntad, su deseo, la muerte tiene su consentimiento.
María Benito está esperando más de tres meses una decisión que se pudo tomar en cinco días.
Discordia, dicen los jueces. Palabra que les permite demorar una solución al pedido de una muerte digna, dejando a una mujer atada a un ventilador mecánico. Solo puede mover los ojos y para comunicarse lo hace a través de un dispositivo computarizado.
María Benito, 65 años, de Huancayo, fue diagnosticada en 2014 con esclerosis lateral amiatrófica, también conocida como ELA, una enfermedad de las neuronas en el cerebro, el tronco cerebral y la médula espinal que controlan el movimiento de los músculos voluntarios.
Uno en 10 casos de ELA se puede deber a un defecto genético. La causa se desconoce en la mayoría del resto de los casos.
Ponerse en el lugar de María Benito no debería ser difícil, pero parece que para la justicia peruana es casi imposible.
María ha dicho que su voluntad es que la desconecten de los aparatos que prolongan artificialmente su vida. Prefiere que la enfermedad siga su curso y esperar la muerte.
Sin embargo, EsSalud se ha manifestado en contra considerando que María quiere eutanasia.
“EsSalud se basa en una confusión. Ellos han calificado el pedido de María como eutanasia, pero eso es diferente. La eutanasia es activa, intencional, para causar una muerte en cuestión de segundos y que se practica con una inyección letal. En el caso de María, el rechazo al tratamiento se basa en que nadie puede mantenerse en un tratamiento médico que no desea. No está pidiendo a un médico que le aplique la eutanasia, sino que la enfermedad siga su curso natural. No esta pidiendo que le induzcan la muerte”, sostuvo Josefina Miró Quesada, abogada de María Benito.
El caso de María Benito ha llegado a un tribunal. El 22 de enero, la Tercera Sala Constitucional emitió una resolución notificando la existencia de una “discordia” para resolver el recurso de habeas corpus que interpuso la defensa de María Benito.
Dos de los tres magistrados están a favor de revocar la sentencia de primera instancia que declaró improcedente su recurso y reformularla para ordenar a EsSalud respetar y garantizar la decisión de María Benito. Sin embargo, el juez José Luis Velarde Acosta se mantuvo en contra. Y su voto complicó las cosas para detener el sufrimiento insensato e injusto de María Benito, porque se necesitan tres votos para hacer resolución en las cortes superiores. Ahora se debe llamar a un vocal que resuelva la disputa. Será el voto decisivo.
“Hay una enorme insensibilidad de jueces que no se den cuenta que cada día es sufrimiento”, dijo el doctor Elmer Huerta en su programa radial al comentar el caso.
Si al final vence el deseo de María Benito, se deberá retirar el ventilador mecánico previa aplicación de una sedación paliativa para evitarle sufrimientos, porque así lo establece la Ley General de Salud y el Reglamento de la Ley de Derechos de las Personas Usuarias de los Servicios de Salud, se le designará un médico y tanto Ketty Solano, su hija y su apoyo designado notarialmente, deberá estar presente en todo momento.
Hay que recordar que el Poder Judicial puede ser conservador en estos casos de muerte digna. Cuando se rechazó el habeas corpus de María, fue por decisión de la jueza Jaqueline Terrones. Según la defensa de María, la magistrada nunca visitó a la paciente, a pesar de que se le solicitó dos veces. En su fallo nunca hizo referencia a su discapacidad física severa y a los sufrimientos que vivía.
La jueza, además, argumentó contrario a la jurisprudencia y doctrina más actualizada en materia constitucional, que el habeas corpus solo procede ante detenciones o arrestos arbitrarios, obviando que María Benito no goza de libertad ambulatoria y que el recurso procede también ante afectaciones a la integridad personal. Sufrir ELA es un daño a su integridad.
¿Qué es el ejercicio del derecho a una muerte digna?
Es el ejercicio de un derecho que es la libertade de autodeterminarse en el proceso de muerte. Es decidir no transitar a la muerte en sufrimientos, en dolor, en donde la persona te dice: “Esto no es vida para mí”.