Por segunda vez en lo que va del año, la Corte Suprema de Justicia vulnera el acceso a justicia de 9 mujeres de Manta, distrito de Huancavelica, cuya sentencia puso en prisión a varios militares al tratarse de un caso histórico de violencia sexual durante el conflicto armado interno.
La Corte Suprema, sin previo aviso y el mismo día de la audiencia, suspendió la audiencia que debía revisar la sentencia condenatoria contra 10 exmilitares responsables de violencia sexual.

Para la audiencia, las mujeres sobrevivientes viajaron desde Huancavelica hasta Lima esfuerzo que la desidia judicial no reconoce. La cancelación pudo evitarse si el Poder Judicial hubiese actuado con la diligencia debida. Al suspenderse la audiencia, se aleja que se ejecute la sentencia al 100% y que sean reparadas porque está probado que fueron agredidas por los condenados.
La sentencia del 19 de junio de 2024 reconoció que estos crímenes fueron de lesa humanidad, cometidos de manera sistemática y como parte de una política contrasubversiva discriminatoria.
“En un país donde el 75,7% de la población tolera la violencia contra las mujeres, el Caso Manta sigue siendo postergado sin generar la indignación que debería. Las mujeres de Manta no pueden seguir suspendiendo sus vidas por la incapacidad del sistema de justicia. Exigimos que la Corte Suprema cumpla su rol: dar celeridad, confirmar las condenas, establecer penas proporcionales al daño causado y garantizar reparaciones civiles justas”, declara Cynthia Silva, abogada feminista.
¿QUÉ TRAMA LA CORTE?
La primera suspensión ocurrió el 17 de julio de 2024. Las sobrevivientes llevan décadas esperando justicia real y un año aguardando que se confirme una sentencia histórica que condenó a exmilitares de la Base de Manta por las violaciones sexuales que cometieron contra ellas cuando eran niñas y adolescentes.
El Registro Único de Víctimas del Ministerio de Justicia registra a la fecha 5 507 personas víctimas de violencia sexual durante el periodo del conflicto armado interno 1980-2000.
El Caso Manta (Huancavelica) es histórico por ser el primer caso colectivo en Perú y Sudamérica en el que violaciones sexuales han sido consideradas delitos de lesa humanidad debido al contexto de conflicto en el que se dieron. En la sentencia también se resalta que estas acciones no fueron individuales o aisladas, sino un ataque sistemático y generalizado del Ejército hacia las adolescentes y mujeres mantinas.

Según la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR), el 83% de los casos de violencia sexual durante el conflicto armado fueron perpetrados por miembros de las Fuerzas Armadas.
Es por lo menos sospechoso que la Corte Suprema suspensa dos veces en este año, lo que debería ser la confirmación de la sentencia condenatoria contra 13 militares. Recordemos que está vigente la Ley de Amnistía, que pretende exculpar a militares y policías responsables de graves violaciones de derechos humanos entre 1980 y 2000. Además, la nueva Ley de Cooepración Internacional -APCI (2025), que busca sancionar de manera arbitraria y desproporcionada a las organizaciones que defienden a víctimas de violencia sexual y otros crímenes durante el conflicto armado, dejándolas en estado de indefensión.

